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20 de Noviembre de 2020

VALORES PARA EL USO DE LOS NATATORIOS EN EL DISTRITO

VALORES PARA EL USO DE LOS NATATORIOS EN EL DISTRITO VALORES PARA EL USO DE LOS NATATORIOS EN EL DISTRITO VALORES PARA EL USO DE LOS NATATORIOS EN EL DISTRITO

La Asamblea de concejales y mayores contribuyentes aprobó ayer los valores para el uso de los natatorios, campings para la próxima temporara de verano, en caso de que se habilite el funcionamiento de dichos predios y servicios en el marco de la pandemia.
Los nuevos precios comenzarán a regir desde el 1 de diciembre próximo.

Derecho uso de pileta de natación: mayores por mes $1200- menores de 7 a 12 años por mes $800 - menores de 13 a 17 años por mes $900.-
Mayores por temporada $2500 - menores de 7 a 12 años por temporada $1400 - menores de 13 a 17 por temporada $1500

Derecho mensual para grupo familiar comprende como mínimo tres personas se establece una rebaja del 30% sobre el valor de los derechos mensuales individuales

Cuando resten 15 días o menos para el cierre de la temporada de los natatorios se abonará el 50% de los derechos mensuales.

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Derecho diario uso de natatorios: lunes a viernes mayores $100 - menores $70
Sábados domingos y feriados mayores $200 - menores $150.-

Exímase del pago en los natatorios municipales del partido de Saavedra a las personas mayores de 60 años.

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Derecho a uso de camping con vehículo y/o carpa por día y por cada uno $300
Uso de fogones por día pesos $250
Contingentes de más de 15 personas abonarán en siguiente monto por persona y por día por derecho al uso del camping y natatorio: lunes a viernes mayores $150 - menores $100/ sábado domingo y feriados mayores $200 - menores $ 150.-
Derecho de uso de reposeras por día y por unidad $100
Exímase del pago por derecho de uso del camping municipal del parque Fortunato Chiappara establecimientos educativos oficiales de la provincia de Buenos Aires otorgándose un descuento del cincuenta por ciento.
Exímase del pago del derecho de uso de natatorios a empleados municipales y/ o familiares directos y/o cónyuge desde la categoría 1 a 10 inclusive.