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viernes, marzo 31, 2023
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    Dejaron sin efecto fallo que limitaba el ingreso de presos a Saavedra y ordenaba más recreos

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    1570106410611En la Unidad Penal Nº 19, de Saavedra, se podrá alojar a más de 726 reclusos. Casación Penal dejó sin efecto una resolución de la Cámara de Apelación local que limitaba a 726 el cupo de internos en la cárcel de Saavedra, y establecía cambios en el reglamento de tratamiento penitenciario con horarios de recreación más extensos para determinados reclusos.

    Los jueces Fernando Mancini y Mario Kohan declararon “admisible y procedente” la queja de la Dirección Provincial de Asuntos Contenciosos de la Subsecretaría de Política Penitenciaria del ministerio de Justicia bonaerense, que objetó el dictamen del juzgado de Garantías Nº 3 bahiense presentado el 10 de julio de 2018.

    Ese fallo fue apelado ante la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de esta ciudad, instancia que votó de igual manera que dicho juzgado.

    Desde la cartera de Justicia se entendió como “arbitraria y excesiva” la resolución de la jueza de Garantías Nº 3, Susana Calcinelli, al considerar que se trataba de una “intromisión del Poder Judicial al Ejecutivo”.

    “La solución al sumamente complejo y urgente problema que aqueja a las personas detenidas en todo el sistema penitenciario de la provincia de Buenos Aires, solo puede surgir de un esfuerzo mancomunado entre los distintos actores públicos con competencia en la materia, en el que cada uno, en el marco de sus atribuciones y sin exceder las mismas, tenga como finalidad la concreción de la manda constitucional”, fundamentaron en su fallo los magistrados de la Sala V del Tribunal de Casación.

    Diálogo y negociación
    En el dictamen firmado ayer los doctores Mancini y Kohan destacaron además la necesidad de articular “ámbitos de diálogo y negociación” entre los poderes Ejecutivo y Judicial para solucionar la problemática de la superpoblación carcelaria.

    “La obligación de los jueces de dar respuesta a la pretensión esgrimida en el habeas corpus y lograr que cesen aquellas políticas que afectan los derechos de los detenidos, no implica necesariamente que sean competentes para el diseño o modificación de los programas de política penitenciaria en curso que, por otro lado, deberán juzgar eventualmente a partir de sus resultados”, argumentaron los jueces en el dictamen que sentará precedente en el resto de reclamos similares en la provincia.

    Los magistrados resolvieron casar el “decisorio impugnado, debiendo dictarse uno nuevo previa articulación de ámbitos de diálogo y negociación” entre los actores involucrados, “tendientes a dar solución definitiva al fondo de la cuestión”.

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