Destacada del Día
13 de Mayo de 2020

EL PJ PROPUSO LA EMERGENCIA ALIMENTARIA, HABITACIONAL Y SOCIOECONÓMICA EN EL DISTRITO

EL PJ PROPUSO LA EMERGENCIA ALIMENTARIA, HABITACIONAL Y SOCIOECONÓMICA EN EL DISTRITO

El justicialismo, propuso en el HCD declarar “ la EMERGENCIA ALIMENTARIA, HABITACIONAL Y SOCIOECONOMICA en el Distrito de Saavedra hasta el día 31 de Diciembre de 2.020” debido a la pandemia del COVID 19.
Nicolás Urtizberea dijo que, “consideramos que el Ejecutivo iba a necesitar más recursos para afrontar esta situación. Nuestro objetivo es que tengan mayores herramientas, porque esto se va a prolongar muchos meses mas”.
Casabone dijo que “vamos a acompañar el proyecto como hicimos el año pasado”.
El proyecto que fue aprobado sobre tablas, y contempla además:
“Artículo 2°: Arbítrese los medios necesarios para la creación de un PROGRAMA DE EMERGENCIA ALIMENTARIA, HABITACIONAL Y SOCIOECONOMICA, bajo la órbita de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario de la Municipalidad de Saavedra-Pigüé destinado a la compra de alimentos, insumos para calefacción e higiene para la atención prioritaria de las necesidades básicas de la población de alta vulnerabilidad, en riesgo de subsistencia y de aquella impedida de valerse de su trabajo para obtenerlos. -
Artículo 3°: En el marco de la normativa prevista en los Arts. 119º, 120º y 121º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se establezca que dicho Programa se financiará a través de la reasignación de partidas presupuestarias del Presupuesto de la Administración Municipal.-
Artículo 4°: Autorizasé al Departamento Ejecutivo, en virtud de la declaración de la emergencia mencionada en el Artículo 1º a reasignar partidas presupuestarias municipales que tengan como destino la Jurisdicción 1110111000 Secretaría de Desarrollo Social; Programa 16-Promoción Comunitaria y Fortalecimiento Barrial y local-5.1.4.1. Ayudas Sociales a Personas, en el presupuesto vigente, a efectos de reforzar y fortalecer la asistencia a los habitantes del distrito.-
Artículo 5°: La autorización concedida en el Art. 4 pueda ser de hasta el cincuenta por ciento (50%) de lo establecido en el presupuesto 2020 para la Jurisdicción 1110111000 Secretaría de Desarrollo Social; Programa 16- Promoción Comunitaria y Fortalecimiento Barrial y local 5.1.4.1. Ayudas Sociales a Personas”.

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